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Impago de alquiler del local: por qué el casero no tiene tanto poder como crees

Escrito por Denys Feshchuk
Actualizado el 04 de jun. 2026

El teléfono vibra.

Ves el número.

Y antes de decidir si coges o no, ya sabes lo que significa.

Es el dueño del local (o su gestoría).

Y lo que sientes no es solo incomodidad, es la presión de alguien que sabe exactamente en qué punto estás y viene a usar eso.

Lo que la mayoría de empresarios no sabe en ese momento es que el desahucio por impago de alquiler de local comercial tiene una geometría legal muy concreta, y que esa geometría cambia dependiendo de quién se mueve primero.

En este artículo vas a entender qué puede hacer realmente el casero, qué no puede hacer, y qué herramientas legales existen para que seas tú quien controla el escenario.

La llamada que paraliza

El número en la pantalla

No necesitas que nadie te explique lo que sientes cuando ves ese número.

El cuerpo lo sabe antes que la mente.

Pones el móvil boca abajo.

Y los siguientes diez minutos los pasas calculando si coges, si esperas, si mandas un mensaje.

Lo que hay detrás de esa presión

El casero que presiona no lo hace sin cálculo.

Sabe que un empresario con el local comprometido es un empresario en posición de debilidad negociadora.

Y lo que muy pocos saben: esa posición de debilidad no es una realidad jurídica. Es solo una percepción que existe mientras no se ha activado ninguna herramienta legal.

Lo que puede hacer el casero

El burofax: primer movimiento formal

Cuando el impago de alquiler del local comercial se acumula, el primer paso formal del casero es el burofax.

Es la notificación fehaciente que documenta la deuda y establece un plazo para pagar o desalojar.

Aquí está lo importante: el burofax no tiene efectos ejecutivos por sí solo. Es el inicio del proceso, no el final.

La demanda de desahucio

Si el empresario no responde, el casero puede interponer una demanda de desahucio por impago ante los Tribunales Civiles de la ciudad. Antes se llamaban Juzgados y ahora son Tribunales de Instancia en materia Civil.

El procedimiento es un juicio verbal.

El plazo desde la demanda hasta el lanzamiento puede ser de varios meses, dependiendo del Tribunal y de lo que ocurra durante el proceso.

Lo que el casero no controla

El casero controla cuándo empieza.

No controla qué ocurre si, entre la demanda y el juicio, el empresario ha activado una protección legal.

Aquí viene la parte que casi nadie explica:

El proceso no es línea recta que va en contra, si el empresario actúa.

Las herramientas que cambian la posición

La comunicación de apertura de negociaciones (preconcurso)

El preconcurso de acreedores es una comunicación formal al Tribunal de lo Mercantil, en la que el empresario notifica que ha iniciado negociaciones oficiales con sus acreedores para alcanzar un plan de reestructuración o plan de continuidad (artículos 585 y siguientes de la ley de quiebras, conocida como TRLC).

No es declararse en quiebra.

No es cerrar la empresa.

Es activar un marco legal que puede alterar de forma relevante la posición del empresario durante un periodo de hasta tres meses.

¿Qué efectos tiene sobre el desahucio del local?

Aquí es donde conviene ser preciso, porque la protección no es automática ni absoluta.

Lo que el preconcurso sí puede hacer:

Suspender ejecuciones en curso sobre bienes necesarios para la continuidad de la actividad (art. 590 TRLC). Si el local es realmente necesario para que el negocio siga operando, y existen ejecuciones (no la demanda de desahucio en sí, que es un proceso declarativo, sino actuaciones ejecutivas sobre bienes del deudor como embargos), esas ejecuciones pueden quedar suspendidas una vez el Tribunal Mercantil identifica los bienes y comunica la resolución al órgano que las tramita.

Neutralizar temporalmente la resolución/terminación del contrato por impagos anteriores (art. 594 TRLC). Si el contrato de arrendamiento es necesario para la continuidad de la actividad, el arrendador no puede ejercitar facultades de resolver o terminar anticipadamente el contrato por incumplimientos anteriores a la comunicación mientras duren sus efectos. Esto es un escudo real, aunque temporal y condicionado.

Abrir un espacio de negociación protegido. Tres meses de margen para negociar una reducción de renta, acordar una quita de la deuda acumulada, reorganizar la actividad o planificar una salida ordenada.

Lo que el preconcurso no hace:

No paraliza automáticamente el procedimiento de desahucio. El desahucio por impago de rentas se tramita como juicio verbal (regulado en la ley del proceso civil) — es un proceso declarativo, no una ejecución es decir no se lleva a la práctica directamente, es decir, primero el Tribunal revisa si esa deuda realmente existe y está correctamente calculada. La comunicación preconcursal no frena la admisión, continuación ni resolución del desahucio en su fase declarativa (La Audiencia Provincial de Barcelona en su sentencia Nº 58/2024, de 14 de marzo habla sobre esto).

No elimina la deuda ni autoriza a seguir sin pagar. La comunicación no altera las obligaciones pendientes de cumplimiento.

No protege si el local ya no es necesario para la actividad. Si la actividad ha cesado o el local no es soporte efectivo de una continuidad empresarial real, el argumento de necesidad se debilita.

El preconcurso es un mecanismo interesante para negocios, autónomos y empresarios cuyo negocio en perspectiva es viable pero está pasando por “vacas flojas”.

El concurso declarado: la protección más intensa

Si la situación lo requiere, existe un paso más: la declaración formal de concurso de acreedores. Aquí los efectos son mucho más intensos:

Prohibición general de ejecuciones singulares contra el patrimonio del deudor (art. 142 TRLC). No solo sobre bienes necesarios: todas las ejecuciones. Se suspenden todos los embargos que se están tramitando, salvo que sean hipotecas, que seguirán tramitándose si se verifica que el bien o patrimonio que está hipotecado no es esencial para el negocio. Por ejemplo, si fuera un camión para un camionero, en ese caso se suspendería la ejecución aunque tuviera hipoteca (reserva de dominio) el camión.

Rehabilitación del arrendamiento hasta el lanzamiento efectivo (art. 168 TRLC). La administración concursal puede enervar la acción de desahucio y rehabilitar la vigencia del contrato de arrendamiento urbano. Esta es una herramienta que no existe en el preconcurso. Significa que la administración concursal que gestiona el concurso, puede echar para atrás el desahucio y rehabilitar el contrato de arrendamiento del local, por ejemplo, para seguir funcionando.

La diferencia entre el preconcurso y el concurso declarado no es de grado. Es de naturaleza. El preconcurso abre un espacio de negociación con protecciones selectivas. El concurso declarado activa un régimen de protección general del deudor con herramientas específicas para el arrendamiento. Saber cuál activar, y cuándo, es exactamente lo que determina la posición del empresario.

La diferencia es de posición

No es lo mismo negociar desde el miedo que negociar desde un marco legal activado.

Antes de cualquier movimiento formal, el casero tiene la iniciativa: puede enviar el burofax, interponer la demanda y forzar los plazos. El empresario reacciona.

Cuando el empresario activa una herramienta legal — sea la comunicación de apertura de negociaciones, sea el concurso — la conversación cambia. No porque el problema desaparezca, sino porque el escenario pasa a tener reglas que también protegen al deudor.

Y esas reglas funcionan mejor cuanto antes se activan.

Las señales para actuar ya

Estas son las señales que indican que ha llegado el momento de buscar asesoramiento especializado antes de que el casero haga su movimiento:

  • Llevas más de dos meses acumulando deuda de alquiler sin perspectiva real de ponerte al día en el corto plazo.
  • El casero ha cambiado de actitud: antes esperaba, ahora exige plazos concretos y empieza a usar palabras como «mis abogados» o «siguiente paso».
  • Has recibido un burofax por impago de alquiler o cualquier comunicación formal por escrito.
  • Estás cubriendo el alquiler con deuda: pólizas, tarjetas o préstamos personales para llegar al pago mensual del local.
  • Tienes otros acreedores presionando al mismo tiempo: Hacienda, Seguridad Social, proveedores con facturas vencidas.
  • Sabes que el negocio tal como está no puede sostenerse pero aún no has tomado ninguna decisión formal.
  • Llevas semanas sin coger el teléfono de números que reconoces.

Si marcas una o más de estas señales, el tiempo que tienes para actuar en posición favorable se está cerrando.

Y lo más difícil:

Cada mes que pasa sin decisión es un mes en que el casero acumula más deuda que reclamar, y tú acumulas más exposición personal.

Lo que hizo Andrés

conclusión para la agencia

Andrés era asesor energético en Orihuela.

Tenía un local, un equipo pequeño, y un negocio que antes del COVID funcionaba.

Cuando llegó la pandemia, la actividad se paró durante meses. Para sostener el local y mantener la estructura, pidió un préstamo con aval ICO. Cuando intentó reactivarse, los ingresos no volvieron a los niveles anteriores. Y lo que tenía que pagar cada mes no había cambiado.

La realidad es esta: Andrés llegó a nosotros cuando los acreedores ya estaban moviéndose, los pagos acumulados eran varios, y él seguía intentando resolver un problema estructural con soluciones de liquidez.

En la primera conversación no le expliqué procedimientos. Le mostré exactamente dónde estaba, qué podían hacer sus acreedores en ese momento, y qué podía hacer él antes de que lo hicieran.

Activamos la protección legal antes de que ningún acreedor ejecutara su movimiento. Andrés pudo negociar desde una posición diferente, ordenar su situación y resolver su exposición de forma controlada.

Puedes ver el caso completo aquí:

Andrés supera la crisis con la Ley de Segunda Oportunidad

La conversación que lo cambia todo

Si mientras leías esto reconociste alguna de esas señales, probablemente ya sabes que la siguiente llamada del casero no va a ser la última.

Lo que no siempre está claro es: qué movimiento hacer primero, y eso es exactamente para lo que estoy.

Una conversación estratégica de 30 minutos puede darte más claridad sobre tu posición legal real que meses esperando a que el problema se resuelva solo.

Sin compromiso. Sin jerga legal. Solo la imagen real de dónde estás y qué opciones tienes antes de que el casero haga su movimiento.

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