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Cómo saber si tu Segunda Oportunidad llevará administrador concursal

Abogado concursalista · Col. nº 9004
Actualizado el 01 de oct. 2026

Casi todo el que viene a verme ha oído hablar del administrador concursal antes de oír hablar de la exoneración.

Y casi siempre con miedo.

Se imagina a un desconocido que le controla la cuenta, revisa cada compra y vende lo poco que tiene.

Te adelanto lo importante: en la mayoría de las Segundas Oportunidades que se tramitan hoy, no hay administrador concursal.

Y cuando lo hay, sus funciones están tasadas por la ley.

Te explico cuándo aparece, qué hace, quién le paga y qué pasa cuando nadie quiere el cargo.

Respuesta rápida
El administrador concursal es un profesional que nombra el juez para controlar o liquidar tus bienes durante el concurso. Si no tienes bienes que liquidar, el concurso se declara sin masa y no se nombra administrador, salvo que lo pidan acreedores que sumen al menos el 5 % de tu deuda en los 15 días siguientes a la publicación en el BOE. En ese caso solo emite un informe en 1 mes, y lo pagan los acreedores que lo pidieron. Si hay bienes, se nombra desde el principio y se paga con cargo a esos bienes.

¿Qué es el administrador concursal en la Segunda Oportunidad?

El administrador concursal es un profesional independiente que el juez nombra para que actúe dentro de tu concurso.

Suele ser un abogado o un economista inscrito en el Registro público concursal.

No es tu abogado.

No trabaja para los bancos.

Responde ante el juez, y su trabajo es que el procedimiento se haga con transparencia: saber qué tienes, qué debes y si ha pasado algo raro antes del concurso.

El administrador no decide si te cancelan las deudas. Eso lo decide el juez.

No es el administrador de tu empresa

Google confunde a menudo las 2 figuras, y la gente también.

El administrador de una sociedad es quien la dirige y firma por ella.

El administrador concursal es un tercero que nombra el juzgado cuando hay un concurso de acreedores.

Si lo que te preocupa es qué responde el administrador de una sociedad con su patrimonio cuando la empresa no paga, eso lo explico en administradores y socios ante las deudas de la empresa.

Tampoco es el mediador concursal

Hay webs que todavía hablan de un «mediador concursal» y de un acuerdo extrajudicial de pagos previo.

Esa fase desapareció con la reforma de la Ley 16/2022, en vigor desde el 26 de septiembre de 2022.

Hoy la Segunda Oportunidad se pide directamente dentro del concurso.

¿Cuándo hay administrador concursal y cuándo no?

Todo depende de una pregunta: ¿tienes bienes que valga la pena vender?

La ley la responde en el artículo 37 bis del texto refundido de la Ley Concursal, que define el concurso sin masa.

Hay concurso sin masa cuando se da alguno de estos 4 supuestos:

1. No tienes bienes ni derechos embargables.

2. Venderlos costaría más de lo que valen en el mercado.

3. Lo que tienes libre de cargas vale menos que los gastos previsibles del procedimiento.

4. Las cargas sobre tus bienes, como una hipoteca, superan su valor de mercado.

Sin masa no significa sin nada. Significa sin nada que merezca la pena vender.

Si el concurso es sin masa

El juez declara el concurso y ordena publicarlo en el BOE, pero no nombra administrador.

A partir de esa publicación, los acreedores tienen 15 días para pedirlo.

Solo pueden hacerlo si suman al menos el 5 % de tu deuda total, según el artículo 37 ter.

Si nadie lo pide en ese plazo, no hay administrador, y puedes solicitar la exoneración en los 10 días siguientes, como prevé el artículo 501.

En un concurso sin masa, el administrador no es la regla. Es una excepción que tienen que pedir tus acreedores, y pagarla.

Si el concurso tiene bienes

Si tienes bienes que liquidar, el juez nombra al administrador en el mismo auto que declara el concurso, según el artículo 28.

A partir de ahí, hace inventario de tus bienes, recibe las comunicaciones de los acreedores, que tienen 1 mes para presentarse, y prepara la lista de lo que debes.

Si se abre la liquidación, es quien vende los bienes y reparte lo obtenido entre los acreedores.

Cuántos concursos son sin masa

Según la estadística concursal del Colegio de Registradores del primer trimestre de 2025, el 83,8 % de los concursos se declararon sin masa.

La cifra es sobre el total de concursos, pero la gran mayoría son de personas físicas.

Tu situación¿Hay administrador concursal?¿Qué hace?¿Quién le paga?
Sin bienes y ningún acreedor lo pideNoNada, no se nombraNadie
Sin bienes y acreedores con el 5 % de la deuda lo pidenSí, solo para un informeUn informe en 1 mesLos acreedores que lo pidieron
Con bienes que liquidarSí, desde el auto de concursoInventario, lista de acreedores y venta de bienesTus bienes, antes que los acreedores

¿Qué hace el administrador concursal?

Depende de en cuál de las 3 filas de la tabla estés.

En un concurso sin masa: un informe

Si los acreedores lo piden, el administrador tiene 1 mes desde que acepta el cargo para emitir un informe, según el artículo 37 quater.

El informe responde a 3 preguntas concretas del artículo 37 ter.

Si hiciste antes del concurso operaciones que perjudicaron a los acreedores y se pueden anular.

Si hay motivos para reclamar responsabilidad a administradores, en el caso de una sociedad.

Y si hay indicios de que el concurso es culpable.

Tú tienes que darle de inmediato toda la información que te pida.

Si no escondiste nada, el informe no tiene nada que encontrar.

En un concurso con bienes: controla y vende

Aquí el papel es mucho mayor.

Si pediste tú el concurso, conservas la gestión de tus bienes, pero cada decisión importante pasa por el administrador, que la interviene, según el artículo 106.

Si lo pidió un acreedor, el juez te suspende esas facultades y las asume el administrador.

Y si se abre la liquidación, la suspensión es automática para la persona física, por el artículo 413.

¿Y tu cuenta bancaria?

Es la pregunta que más me hacen.

Con intervención, los movimientos que no son del día a día necesitan el visto bueno del administrador, y algunos bancos bloquean la cuenta hasta recibir instrucciones.

No hay un plazo legal fijo para desbloquearla: depende de lo rápido que el administrador comunique al banco qué puedes mover.

Lo que sí tienes protegido es la parte de tu sueldo o pensión que no se puede embargar, y lo explico en qué parte de tu cuenta es intocable.

¿Quién paga al administrador concursal?

Depende otra vez de la fila de la tabla.

En el concurso sin masa, cuando los acreedores piden el informe, lo pagan ellos.

El juez fija la retribución en el mismo auto de nombramiento y su pago corresponde a quienes lo solicitaron, por el artículo 37 quater.

Tú no pones nada.

En el concurso con bienes, el administrador cobra según un arancel oficial, y su retribución es un crédito contra la masa.

Traducido: se paga con tus bienes antes de repartir a los acreedores.

El artículo 86 fija las reglas de ese arancel: el administrador no puede cobrar nada fuera de él, hay un tope máximo y la retribución baja si el procedimiento se alarga.

El dinero para pagar al administrador sale de lo que se vende, no de tu nómina.

¿Qué pasa si ningún administrador concursal acepta?

Es más frecuente de lo que parece, y tiene una explicación económica.

Un administrador cobra de la masa.

Si la masa es casi nada, el trabajo es real y el cobro no está garantizado.

La ley prevé una solución, la cuenta de garantía arancelaria de los artículos 91 a 93, que aseguraría un mínimo a los administradores en los concursos pobres.

Pero esos artículos no entran en vigor hasta que se apruebe su reglamento, y en marzo de 2026 seguía sin aprobarse.

Mientras tanto, cuando el nombrado rechaza el cargo, el juzgado tiene que designar a otro de la lista.

Cada rechazo son semanas de retraso.

El retraso no es culpa tuya, pero lo sufres tú.

Cómo se evita el problema

La mejor forma de no depender de que alguien acepte es que el concurso se pueda declarar sin masa cuando de verdad lo es.

Eso exige preparar bien el expediente: el inventario completo, el valor real de lo que tienes y las cargas que pesan sobre ello.

Lo que nunca funciona es ocultar un bien para que el concurso parezca sin masa.

Si aparece después, el informe del administrador lo va a señalar, y la falta de colaboración o la información falsa son causas para negarte la exoneración, por el artículo 487.

¿Puede el administrador impedir tu exoneración?

Directamente, no.

La exoneración la concede o la deniega el juez.

Pero el administrador tiene voz en el proceso.

Cuando pides la exoneración, el artículo 501 le da traslado de la solicitud, igual que a los acreedores, y tiene 10 días para oponerse.

Y su informe pesa: si detecta operaciones perjudiciales, falta de colaboración o indicios de concurso culpable, el juez lo va a leer.

Un administrador no tumba una exoneración bien preparada. Tumba una mal contada.

Un caso real del despacho

Un trabajador de Murcia llegó con 25.139 € repartidos en 14 créditos con 7 acreedores, uno de ellos ya en un monitorio.

No tenía bienes que liquidar, así que se presentó un concurso sin masa.

El trabajo estuvo en la lista de acreedores: cada crédito identificado, con su importe y su origen.

La Sección de lo Mercantil nº 3 de Murcia concedió la exoneración por auto de 9 de julio de 2026.

Todo el procedimiento duró 2 meses y medio.

Un concurso sin bienes y con la lista bien hecha se resuelve en un trimestre.

Si quieres ver cómo se reparten los tiempos en general, los tienes en cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad, y lo que cuesta un concurso cuando hay una sociedad detrás, en cuánto cuesta un concurso de acreedores.

Preguntas frecuentes sobre el administrador concursal

¿Es obligatorio el administrador concursal en la Ley de Segunda Oportunidad?

No: en el concurso sin masa solo se nombra si lo piden acreedores que sumen el 5 % de la deuda; con bienes que liquidar, sí.

¿Cuánto cobra un administrador concursal en la Segunda Oportunidad?

En un concurso sin masa, si lo piden los acreedores, lo pagan ellos; con bienes, cobra según el arancel oficial con cargo a esos bienes.

¿Quién puede ser administrador concursal?

Un profesional, normalmente abogado o economista, inscrito en el Registro público concursal y con seguro de responsabilidad civil.

¿El administrador concursal puede quitarme la casa?

Solo si se abre la liquidación y la vivienda forma parte de la masa; si quieres conservarla, la vía es la exoneración con plan de pagos.

¿Qué pasa si no colaboro con el administrador concursal?

Que te expones a perder la exoneración: incumplir el deber de colaboración es una de las causas del artículo 487.

¿Cuánto tarda el administrador concursal en hacer su informe?

En el concurso sin masa, 1 mes desde que acepta el cargo.

Lo que yo haría en tu lugar

Si te preocupa el administrador concursal, la pregunta útil no es cómo evitarlo, sino si tu caso es o no sin masa.

Esa respuesta sale de un inventario honesto de lo que tienes y de lo que debes, y cambia por completo el procedimiento, los tiempos y el coste.

Esa revisión no cuesta nada y se hace en una llamada.

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