Firmó por su padre a los 18 y a los 42 dejó de deber 156.061 €
- Qué conservó
- Su nómina íntegra, sin embargos
- Cómo se resolvió
- Sin plan de pagos
- Resuelto en
- Mercantil nº 3 de Alicante
De un vistazo
Avaló la hipoteca de su padre con 18 años y firmó préstamos para un negocio que gestionaba otro. A los 42 debía 156.061 € y cobraba la nómina embargada.
Ficha del caso
- Perfil
- Ex autónomo, Peón, Sin bienes
- Dónde
- Alicante
- De dónde
- Un aval familiar
- Cancelado
- 156.061 €
- Resuelto en
- Mercantil nº 3 de Alicante
- Resolución
- Auto de 15 de julio de 2026
Un negocio que nunca fue suyo
A los 18 años, su padre le convenció para poner a su nombre una empresa de limpieza de obra.
La gestionaba el padre, con un poder notarial.
A nombre del hijo se firmaron préstamos y una reunificación de 95.000 € de la que él apenas vio nada.
La empresa cerró con la crisis, y de ella quedó una liquidación de IRPF de 2006 que, con los intereses, llegó a 34.332 € con la Agencia Tributaria.
Le tenían embargada la nómina.
Prestar tu nombre para el negocio de otro es prestar tu futuro.
Un aval de 2008 aún vivo
En 2008, ya con 24 años, firmó además como avalista la hipoteca de la vivienda familiar.
Años después, el banco vendió ese crédito a un fondo, y hoy está en ejecución.
Cuando el expediente llegó al despacho, esa parte sola sumaba 121.729 €.
Un aval no se apaga porque pase el tiempo ni porque la deuda cambie de manos: quien compra el crédito hereda el derecho a reclamarte el importe entero.
Lo que tenía al empezar
Un contrato indefinido de peón desde 2008, con 1.441 € al mes en 14 pagas.
Ni vivienda, ni vehículo, ni ningún otro bien a su nombre.
2 acreedores, y este reparto:
| De quién era la deuda | Cuánto |
|---|---|
| Un fondo, por el aval de 2008 | 121.729 € |
| Agencia Tributaria, IRPF de 2006 más intereses | 34.332 € |
| Total | 156.061 € |
Cómo se preparó el expediente
Reconstruir 24 años hacia atrás, documento a documento.
Quién firmó, quién gestionaba, quién cobró el dinero y qué quedó a nombre de quién.
Con eso se presentó un concurso sin masa por las letras a) y c) del artículo 37 bis del TRLC.
Y se desglosó el crédito público partida por partida, para que su calificación no dependiera de lo que dijera el acreedor.
En los expedientes con Hacienda dentro, la diferencia no la marca negociar: la marca llegar con el crédito público desglosado y clasificado desde el primer día.
Lo que acordó el tribunal
La Sección de lo Mercantil nº 3 de Alicante concedió la exoneración y concluyó el concurso.
La Agencia Tributaria estaba personada y no se opuso.
El auto es de 15 de julio de 2026 y la firmeza se declaró el 31 de julio de 2026.
Se presentó, se resolvió y ganó firmeza dentro del mismo año.
Los 156.061 € eran todo su pasivo, así que no quedó ninguna deuda viva detrás.
Y la nómina dejó de estar embargada.
24 años después de firmar lo que su padre le puso delante, volvió a cobrar su sueldo entero.
Si firmaste por un familiar
La exoneración libera a quien la pide, no a los demás que firmaron.
Si tú te exoneras, el banco se vuelve hacia quien firmó contigo, y al revés: por eso quién solicita y en qué orden es parte del trabajo.
Y un aval antiguo no se descarta sin mirarlo: 18 años después seguía siendo ejecutable, y aun así tuvo salida.
Si firmaste por un familiar, lo primero es poner por escrito quién firmó qué.
Él lo hizo a los 42 y el expediente se resolvió dentro del mismo año.
Hoy cobra su sueldo entero y no debe nada a nadie.
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